jueves, 14 de octubre de 2010

ENCOD Boletín nº 68 de Octubre de 2010


LAS DROGAS DESDE UN PUNTO DE VISTA JURÍDICO


El concepto de drogas desde un punto de vista jurídico, no es tema

pacífico. Ello se deriva de los intereses económicos y sociales que a lo largo

de nuestra historia moderna han provocado una interpretación sesgada, la

cual promueve determinadas sustancias legales, mientras otras, al

ilegalizarse, han pasado a formar parte de la clandestinidad y la economía

sumergida.


La “Guerra contra las drogas” tiene su origen cuando a principios del S. XX

EEUU comienza su particular cruzada contra el cannabis. A partir de ahí,

las Convenciones y Tratados Internacionales han ido dibujando un

panorama de persecución y criminalización que aún no ha cesado en

nuestros días.


Para llevar a cabo estas políticas, se requiere la creación de todo un

aparato represor dedicado fundamentalmente a la persecución de la

producción, el comercio y el consumo de algunas drogas. Siguiendo las

políticas marcadas internacionalmente, cada país está destinando gran

parte de sus fondos públicos a perseguir y criminalizar, en detrimento del

desarrollo de políticas eficaces de prevención, tratamiento y reducción del

daño. Sin embargo, toda esta inversión dirigida a acabar con la sustancia,

no está consiguiendo cumplir los objetivos manifiestos de proteger la salud

de la ciudadanía, mediante la reducción de la oferta y la demanda de

ciertas drogas; muy al contrario, las incautaciones sólo alcanzan pequeños

porcentajes de las drogas que realmente circulan en el mercado negro.


Esto ha traído como consecuencia directa que llevemos más de 20 años

con las cárceles llenas de personas dependientes a drogas ilegalizadas o

personas que están por delitos relacionados con dichas sustancias. Y sin

embargo, los datos oficiales sobre consumo y tráfico de drogas no arrojan

resultados que animen a seguir en esta dirección. Se puede decir sin miedo

a equivocarse, que la actual política sobre drogas ha fracasado y no ha

hecho más que agudizar los problemas existentes con la estigmatización y

marginalidad que generan.





Hay que ser coherentes y plantear alternativas. Para que el actual consumo

de drogas no siga causando tanto estrago en las personas, sus familias y

barrios, es necesario controlar el consumo desde una perspectiva plural. La

puesta en marcha de Centros de Encuentro y Acogida, que incluyan salas

de consumo higiénico, la dispensación controlada y el control de la calidad

de la sustancia misma ó la educación en el conocimiento y prevención, son

algunos de medios necesarios para combatir problemas de drogas.


A pesar de poner en peligro todos esos principios jurídicos y derechos

individuales propios del Estado de Derecho, esta forma represiva de regular

las drogas no beneficia a las personas drogodependientes ni a quienes

entran en contacto con las drogas ilegales por primera vez, pues, sabemos

que la clandestinidad de la sustancia lleva al/la consumidor/a a acercarse

al mundo delincuencial y a exponerse a las redes mafiosas sin escrúpulos,

además de no contar con las medidas sanitarias mínimas con las que

cuentan otras sustancias legales, lo que acarrea otros tantos problemas

sanitarios como todos/as conocemos.


Para obtener la suspensión de sanciones un consumidor necesita

someterse a tratamiento. En relación al tratamiento, concluimos lo

siguiente:


1.- El tratamiento puede consistir en “visitas concertadas y periódicas al

centro o servicio determinado”, por tanto, no tiene por qué tratarse de un

tratamiento en régimen de internamiento, sino que, por el contrario, puede

consistir en tratamiento en régimen ambulatorio. En la práctica ello no está

ofreciendo problemas en su aplicación.


2.- La duración del tratamiento, debe establecerse según las indicaciones

de los/as profesionales/as especialistas en la materia y no, de manera

unilateral, por la administración competente, desoyendo a los/as

expertos/as.





El consumo o tenencia para el consumo de drogas no debe perseguirse ni

penal ni administrativamente, pero en caso de perseguirse, nos parece

acertado ofrecer la posibilidad de librarse de la sanción a aquellos/as

consumidores/as que se comprometan a abandonar el consumo. La

finalidad de la suspensión debe ser claramente resocializadora, buscando

mediante la flexibilización de la aplicación de la Ley para favorecer a quien

consume determinadas sustancias nocivas para su propia salud.


No obstante abogamos por la derogación de esta norma sancionadora de

manera que no se persiga más a las personas por el simple hecho de ser

consumidoras de drogas ilegalizadas, pues el hecho de portar sustancias

para el autoconsumo o consumirlas sin molestar al resto de los

ciudadanos/as no merece el menor reproche.


Por: Federación Enlace


Este boletín es un resumen de un artículo publicado en el sitio web de la

Federación Enlace

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Fuente: ENCOD

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