jueves, 14 de octubre de 2010
ENCOD Boletín nº 68 de Octubre de 2010
LAS DROGAS DESDE UN PUNTO DE VISTA JURÍDICO
El concepto de drogas desde un punto de vista jurídico, no es tema
pacífico. Ello se deriva de los intereses económicos y sociales que a lo largo
de nuestra historia moderna han provocado una interpretación sesgada, la
cual promueve determinadas sustancias legales, mientras otras, al
ilegalizarse, han pasado a formar parte de la clandestinidad y la economía
sumergida.
La “Guerra contra las drogas” tiene su origen cuando a principios del S. XX
EEUU comienza su particular cruzada contra el cannabis. A partir de ahí,
las Convenciones y Tratados Internacionales han ido dibujando un
panorama de persecución y criminalización que aún no ha cesado en
nuestros días.
Para llevar a cabo estas políticas, se requiere la creación de todo un
aparato represor dedicado fundamentalmente a la persecución de la
producción, el comercio y el consumo de algunas drogas. Siguiendo las
políticas marcadas internacionalmente, cada país está destinando gran
parte de sus fondos públicos a perseguir y criminalizar, en detrimento del
desarrollo de políticas eficaces de prevención, tratamiento y reducción del
daño. Sin embargo, toda esta inversión dirigida a acabar con la sustancia,
no está consiguiendo cumplir los objetivos manifiestos de proteger la salud
de la ciudadanía, mediante la reducción de la oferta y la demanda de
ciertas drogas; muy al contrario, las incautaciones sólo alcanzan pequeños
porcentajes de las drogas que realmente circulan en el mercado negro.
Esto ha traído como consecuencia directa que llevemos más de 20 años
con las cárceles llenas de personas dependientes a drogas ilegalizadas o
personas que están por delitos relacionados con dichas sustancias. Y sin
embargo, los datos oficiales sobre consumo y tráfico de drogas no arrojan
resultados que animen a seguir en esta dirección. Se puede decir sin miedo
a equivocarse, que la actual política sobre drogas ha fracasado y no ha
hecho más que agudizar los problemas existentes con la estigmatización y
marginalidad que generan.
Hay que ser coherentes y plantear alternativas. Para que el actual consumo
de drogas no siga causando tanto estrago en las personas, sus familias y
barrios, es necesario controlar el consumo desde una perspectiva plural. La
puesta en marcha de Centros de Encuentro y Acogida, que incluyan salas
de consumo higiénico, la dispensación controlada y el control de la calidad
de la sustancia misma ó la educación en el conocimiento y prevención, son
algunos de medios necesarios para combatir problemas de drogas.
A pesar de poner en peligro todos esos principios jurídicos y derechos
individuales propios del Estado de Derecho, esta forma represiva de regular
las drogas no beneficia a las personas drogodependientes ni a quienes
entran en contacto con las drogas ilegales por primera vez, pues, sabemos
que la clandestinidad de la sustancia lleva al/la consumidor/a a acercarse
al mundo delincuencial y a exponerse a las redes mafiosas sin escrúpulos,
además de no contar con las medidas sanitarias mínimas con las que
cuentan otras sustancias legales, lo que acarrea otros tantos problemas
sanitarios como todos/as conocemos.
Para obtener la suspensión de sanciones un consumidor necesita
someterse a tratamiento. En relación al tratamiento, concluimos lo
siguiente:
1.- El tratamiento puede consistir en “visitas concertadas y periódicas al
centro o servicio determinado”, por tanto, no tiene por qué tratarse de un
tratamiento en régimen de internamiento, sino que, por el contrario, puede
consistir en tratamiento en régimen ambulatorio. En la práctica ello no está
ofreciendo problemas en su aplicación.
2.- La duración del tratamiento, debe establecerse según las indicaciones
de los/as profesionales/as especialistas en la materia y no, de manera
unilateral, por la administración competente, desoyendo a los/as
expertos/as.
El consumo o tenencia para el consumo de drogas no debe perseguirse ni
penal ni administrativamente, pero en caso de perseguirse, nos parece
acertado ofrecer la posibilidad de librarse de la sanción a aquellos/as
consumidores/as que se comprometan a abandonar el consumo. La
finalidad de la suspensión debe ser claramente resocializadora, buscando
mediante la flexibilización de la aplicación de la Ley para favorecer a quien
consume determinadas sustancias nocivas para su propia salud.
No obstante abogamos por la derogación de esta norma sancionadora de
manera que no se persiga más a las personas por el simple hecho de ser
consumidoras de drogas ilegalizadas, pues el hecho de portar sustancias
para el autoconsumo o consumirlas sin molestar al resto de los
ciudadanos/as no merece el menor reproche.
Por: Federación Enlace
Este boletín es un resumen de un artículo publicado en el sitio web de la
Federación Enlace
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Fuente: ENCOD
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